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Catalina Botero

¿Cómo responder a los insultos en redes contra las personas LGBTI?

Las temporadas electorales son las preferidas de algunos políticos para crear miedo y venderse como la solución al supuesto problema. Muchas veces, como parte de esta estrategia, acuden a señalamientos sobre las personas LGBTI, ¿qué hacer? Segunda parte de la entrevista a Catalina Botero, decana de la Facultad de Derecho de la Universidad de Los Andes.

Desde 2016 se ha vuelto más frecuente que nunca que, en temporada preelectoral, algunas de las personas que aspiran a llegar a un cargo de elección popular acudan a las generalizaciones y a los señalamientos sobre las personas LGBT para despertar miedo y movilizar votantes. En otras palabras: se inventan la enfermedad para venderse como el remedio. Así, dicen, existe “una dictadura gay” o que un “lobby gay pretende homosexualizar a los niños”.

Por tanto, cada vez más gente se pregunta: ¿cómo responder a ese tipo de señalamientos que tanto se ven en medios de comunicación y en redes sociales? Para abordar esta y otras preguntas y teniendo en cuenta que 2019 es año electoral en Colombia (en octubre se eligen gobernadores, alcaldes y concejales, entre otros), Sentiido publica la segunda parte de la entrevista a Catalina Botero, decana de la Facultad de Derecho de la Universidad de Los Andes y exrelatora especial para la libertad de expresión de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH).

Según Botero, la libertad de expresión debe protegerse como condición fundamental para la deliberación y la democracia, lo que supone aceptar que hay discursos que no nos gustan pero que no pueden silenciarse. “En todo caso, los funcionarios públicos no pueden utilizar un lenguaje discriminatorio”.

Catalina Botero
Según la abogada Catalina Botero, el límite al derecho a la libertad de expresión en el Derecho Internacional es la incitación a la violencia que no es lo mismo que la incitación al odio. Foto: Wálter Gómez Urrego.

Sentiido: Cada vez que algunos funcionarios públicos señalan en sus redes sociales que existe un “lobby gay”, que “las personas LGBT están en contra de la familia o que quieren imponer una ideología de género”, mucha gente se pregunta ¿cómo responder?

Catalina Botero: Los funcionarios públicos no tienen la misma libertad de expresión que los particulares. Un procurador general, por ejemplo, no tiene la misma libertad para opinar sobre asuntos públicos que una persona que no ocupa ese cargo. Además, ese funcionario tiene la obligación de suministrar información confiable, oportuna y verificable.

Es decir, si un procurador general dice que determinado comportamiento es un delito cuando no lo es, esa mentira está sancionada por la ley, mientras que si un particular señala lo mismo, podrá estar diciendo una mentira, pero no sería sancionado porque no se trataría de una falta administrativa ni disciplinaria.

“A mayor poder, mayor responsabilidad”.

Así, un funcionario público no puede decir que quienes tienen una orientación sexual o una identidad de género diversa no merecen el mismo respeto que las demás personas porque los funcionarios públicos no tienen la misma libertad de expresión que el resto de la población y contra ellos pueden interponerse acciones de tutela y de rectificación. A mayor capacidad de crear imaginarios y de producir efectos en la realidad, mayor contención en el ejercicio de la libertad de expresión.

S: ¿Y qué pasa cuando un funcionario público se refiere de manera displicente o discriminatoria sobre las personas LGBT?

C.B.: Cuando un funcionario público asume su cargo, jura cumplir con la Constitución política de Colombia y sus leyes y se compromete a decir la verdad, a no dar información imprecisa y a proteger, respetar y tratar a todas las personas de la misma manera. Esta persona podrá considerar, por ejemplo, que un delincuente debe recibir un trato cruel, pero no podrá decirlo porque podría hacer creer en otros funcionarios públicos que esa idea es legítima: cuando un funcionario público se pronuncia, legitima acciones.

“Los funcionarios públicos no pueden utilizar su poder para discriminar o justificar la discriminación”.

Por eso es tan grave que líderes políticos digan, como en Venezuela, que cualquier persona que se oponga al régimen chavista es un golpista. O que el senador Álvaro Uribe, en Colombia, califique a algunos periodistas de “terroristas”. Eso no lo puede hacer un funcionario público, sin importar si es de derecha, de izquierda o de centro, porque esas declaraciones además de fomentar imaginarios elevan el nivel de riesgo de ciertas personas.

S: Muchas veces los funcionarios públicos que se refieren a las personas LGBT de manera peyorativa, se escudan en “es mi opinión” o “es mi derecho a la libertad de expresión”. ¿Qué hacer en estos casos?

C.B.: Existe discriminación cuando se trata de manera diferenciada a dos personas por el color de su piel o por su orientación sexual por ejemplo. Cuando esa característica, moralmente irrelevante, se vuelve sustancial para clasificar a una persona de manera negativa, un juez puede decir: “no señor procurador, usted no puede hacer eso, porque cuando usted asumió esa función pública se comprometió a no utilizar su poder para tratar de manera distinta a las personas por virtud de esas características”. Un juez debe evaluar si el discurso de ese funcionario público es o no contrario a la Constitución que juro cumplir.

S: ¿Qué pasa cuando quien se refiere de manera displicente o discriminatoria hacia las personas LGBT no es un funcionario público?

C.B.: Quienes no son funcionarios públicos no juraron cumplir la Constitución y tienen derecho a ejercer su libertad de expresión, lo que incluye opinar de una manera que para muchas personas puede resultar inadecuada, pero el Estado no puede prohibir una opinión sino permitir el debate. (Ver: No. La culpa no es de las redes).

“Defender la libertad de expresión implica aceptar que hay discursos que no nos gustan pero que no pueden prohibirse”.

Además, pretender bloquear esos discursos también es perjudicial porque puede generar mártires: “a mí me metieron a la cárcel por defender la familia”, cuando en realidad fue por dar un discurso homofóbico. Pretender prohibirles a quienes no son funcionarios públicos usar un lenguaje discriminatorio o intentar meterlos a la cárcel por esto, no resuelve la discriminación sino que la invisibiliza.

S: Muchas personas que se refieren de manera peyorativa sobre las personas LGBT dicen no ser homofóbicas sino simplemente estar dando su opinión. ¿Todas las opiniones son igual de válidas?

C.B.: Si esa opinión proviene de una persona que no tiene un poder público debe ser respondida con más y mejor debate para desmontar los prejuicios que hay detrás. Pero meter al Derecho a resolver afirmaciones ofensivas o poner a un juez a decidir hasta dónde una persona puede opinar es entregarle al Estado la moderación del discurso y del debate y este no es quien para hacerlo porque el poder tiene interés en que no circulen ideas que lo limiten. Así que a estos señalamientos es importante responder con más y mejor debate pero sin meter al Estado porque este no tiene los criterios para dirimir esas controversias de manera justa.

Ahora, cuando no se trata de generalizaciones sobre las personas LGBT sino de un discurso ofensivo contra una persona en particular, con la intención de ofenderla, sin fundamento para expresar lo que dice y causándole un daño medible, se hablaría de un abuso en el ejercicio de la libertad de expresión. En esos casos el Derecho sí puede entrar.

S: ¿Qué tan aconsejable es reportar a las plataformas de las redes sociales los mensajes discriminatorios que allí se ven contra las personas LGBT?

C.B.: Si quien dice las frases discriminatorias es un funcionario público sí es aconsejable hacerlo porque estas personas tienen un deber especial de contención y de protección de derechos fundamentales en igualdad de condiciones y la discriminación, así sea en el lenguaje, viola ese deber. En otros casos, hay que contestar con más debate, no bloqueando los discursos. Prohibir la participación de estas personas no va a resolver el prejuicio que origina ese discurso: este sigue existiendo.

S: Algunos líderes religiosos y conservadores señalan que cuando una persona los cuestiona por decir que “la familia correcta solo puede estar conformada por un hombre y una mujer”, entre otras frases, se está “atacando su libertad de expresión”. ¿Qué opina?

C.B.: Los líderes religiosos, como cualquier otra persona, están sometidos al escrutinio público y tienen la obligación de soportar las críticas sobre las expresiones que utilizan como la tiene cualquier otra persona. Si hay líderes religiosos expresando ideas que ofenden a una parte de la población, tienen que estar dispuestos a que esas personas les expresen lo que sienten y no pueden intentar silenciarlas. Esto no es un ataque personal: es el ejercicio de la libertad de expresión de quienes sienten en riesgo sus derechos.

“En estos casos no hay una violación a la libertad de expresión, sino un debate indispensable para proteger derechos”.

De la misma manera que algunos líderes religiosos pueden proponer públicamente que solo existe un único modelo de familia, quienes creemos que hay muchos más, tenemos todo el derecho a cuestionarlos -e incluso a calificarlos- por excluir a las familias diversas de la protección del derecho.

Algunas de estas personas se ofenden porque las llamen “homofóbicas”, pero no pueden pedir que no se les diga de esta manera sino más bien explicar por qué ellos consideran que no es homofobia excluir de la posibilidad de contraer matrimonio a las parejas del mismo sexo. De esta manera entramos en una deliberación o la manera como tienen que resolverse estas disputas.

S: ¿Cuáles son los límites de la libertad de expresión?

C.B.: El límite al derecho a la libertad de expresión en el Derecho Internacional es la incitación a la violencia. Es decir, expresar ideas o información con la intención de generar violencia. Si yo expreso una idea o una opinión sin la intención de generar violencia o sin tener conciencia de que eso puede causarla, no califica en esta categoría.

Hay que tener cuidado con definir “incitación a la violencia” porque quien va a sancionar a la persona es el Estado y los estados autoritarios consideran que cualquier crítica al ejercicio del poder es “incitación a la violencia”. Con este argumento, las autoridades estatales pueden restringir discursos no solamente legítimos sino necesarios.

“Cuestionar el ejercicio del poder está protegido por el derecho a la libertad de expresión”.

En Venezuela, por ejemplo, cualquier crítica a Maduro es considerada “incitación a la violencia” o “generación de zozobra pública”. En otras partes, si hay un tiroteo en una cárcel y un grupo de periodistas lo reporta, el Estado los acusa de estar “generando zozobra”. No, lo que genera zozobra es el tiroteo, no que los periodistas lo cubran.

S: Algunas personas que están en contra de la diversidad sexual y de género dicen: “los LGBT hablan de respeto, pero fomentan odio porque nos tratan de homofóbicos o fundamentalistas por nuestras creencias religiosas”. ¿Qué opina?

C.B.: La expresión “discurso de odio” es tan ambigua que así como la puede utilizar una persona que forma parte de una población marginada, también la pueden utilizar las mayorías cuando sus prejuicios están siendo enfrentados. Por eso es tan difícil acudir a esa categoría para sancionar a alguien. En todo caso, no creo que decirle a una persona “homofóbica” sea un discurso de odio. La persona debe poder justificar por qué su mensaje no es homofóbico. Ese es el debate y no prohibir que alguien utilice esa expresión y estigmatizarla por eso.

S: ¿Qué características debe tener un mensaje para clasificar en  “incitación al odio” o “incitación a la violencia”?

C.B.: Lo que está prohibido en el Derecho Internacional no es la incitación al odio sino la incitación a la violencia, porque decir que un determinado partido político promueve unas ideas que conducirán al país al caos puede ser interpretado como “incitación al odio”. El expresidente Chávez, en Venezuela, decía que había que encarcelar a la oposición porque lo odiaban y que cuando lo criticaba incitaba a la gente a que lo odiara. Y se trataba, simplemente, de cuestionamientos propios de la oposición.

“La expresión ‘incitación al odio’ es tan vaga que cualquier persona puede utilizarla”.

En ocasiones, incitar al odio incluye incitar a la violencia pero a veces no. Alguien podrá decir que cuando los animalistas proclaman que las corridas de toros son una forma de tortura se estaría incitando al odio contra quienes disfrutan este espectáculo. Y no es así. En ese caso, se trata de la discusión sobre una práctica que para una parte de la población es cultura pero para otra es tortura.

La expresión “incitación al odio” es tan ambigua que si a unas personas les dicen que su líder político es populista pueden decir que eso es “incitar al odio”. Por eso el Derecho Internacional no prohíbe la incitación al odio sino la incitación a la violencia.

En términos jurídicos, si la pregunta es si pueden prohibirse los discursos que reafirmen estereotipos, la respuesta es “no” porque puede terminar sancionándose a una persona por hacer una publicidad de jabones con una mujer lavando la ropa, argumentando que “reafirma un estereotipo que le ha hecho daño a la igualdad de las mujeres”. Pero a quien hace esa publicidad no puede sancionarse jurídicamente. Esas situaciones deben enfrentarse con más y mejores debates, con más y mejores razones, no prohibiéndolas. El Estado no debe moderar esas discusiones porque se ocultarían los síntomas y no se combatiría la enfermedad que es el sexismo, el racismo o la homofobia.

S: Mucha gente cree que memes como el que en su momento le hicieron a la profesora Carolina Sanín son merecidos porque, argumentan, ella es agresiva en redes. La conclusión es, más o menos, “se lo buscó”. ¿Qué opina?

C.B.: Decir que alguien se buscó que lo insultaran me parece un comentario desafortunado. Independientemente de lo que una persona haga, nada justifica una reacción violenta, ni siquiera violencia simbólica o virtual. No me parece que argumentar que una persona sea agresiva en sus redes sociales justifique una reacción violenta.

S: ¿Será que la agresividad que a veces se ve en redes ha llevado a que muchas personas, especialmente mujeres, se autocensuren?

C.B.: Sí, esa agresividad genera autocensura, inhibición y afecta el debate público. Las amenazas limitan la libertad de expresión. En ese sentido es muy importante la autorregulación de las redes sociales y de la comunidad virtual. De ahí la importancia de reportar a las mismas plataformas las agresiones que no alcanzan a ser incitación a la violencia ni amenazas de muerte pero que sí inhiben el debate y agreden a quienes están discutiendo.

“En las redes sociales hay muchas agresiones de género, una forma recurrente de inhibir el discurso cuando la persona no está de acuerdo con lo que una mujer dice”.

Si hay una amenaza de muerte o una incitación a la violencia u otras razones para limitar el discurso, entra el Derecho, las reglas de la plataforma y la autorregulación de los usuarios. Uno debería no solo reportar a la gente que utiliza esos discursos sino dejar de seguirla y demostrar que esas formas de inhibición del debate son inadmisibles.

S: Otro tema son las burbujas en las redes sociales. Por un lado, están las personas progresistas conversando entre sí y, por otro, las personas conservadoras. ¿Cómo tener más y mejores debates?

C.B.: Internet tiene un potencial democratizador tan grande que hay que tener mucho cuidado en su regulación. También tiene unos efectos colaterales como es la creación de nichos o de cámaras de eco que generan unas comunidades que empiezan a pensar que el mundo es como ellos quieren que sea o que la realidad se asemeja a sus creencias. Así, pierden la capacidad de diálogo, de deliberación, se vuelven profundamente intolerantes, dejan de debatir, de poner a prueba sus convicciones y empiezan a reforzar y a reafirmar sus prejuicios. Pierden la dimensión plural de las sociedades.

S: Los fact checking de cadenas de WhatApp y los artículos que buscan desmentir las noticias falsas nunca tienen tanta acogida como las mentiras. ¿Cómo romper con este círculo?

C.B.: La gente consume información falsa porque además de ser llamativa, logra inclinar a la persona por una preferencia fundamentada en razones que no son ciertas. Muchas veces, detrás de esa práctica hay dinero de por medio porque el mercado premia la mayor cantidad de interacciones que tenga un contenido digital.

Esto puede controlarse en cierta medida con alfabetización digital. Hay que cuestionar a quienes tengan esas prácticas -sin importar si coinciden o no en términos ideológicos- porque tergiversan el proceso de deliberación democrático. Es un proceso lento y difícil. La lucha contra el amarillismo es histórica pero se trata de mostrarle a la gente que tomar decisiones de conformidad con sus creencias y no con la evidencia puede ser contraproducente. En todo caso, los ejercicios de fact checking son casi obligatorios.

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