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El debate del Matrimonio Igualitario es asunto de todos

Llegó la hora de preguntarse por qué el debate sobre el matrimonio igualitario es importante, por qué motivo es una discusión que no debería dejar a nadie indiferente.

Por: Lina M. Céspedes-Báez*

Llegó el momento de aclarar que lo que está en juego no es si se reconoce un derecho más o un derecho menos a una población discriminada, sino una concepción de Estado, el entendimiento de la democracia y el respeto de las libertades de los ciudadanos.

Por este motivo, toda persona que crea en las libertades individuales, en la separación de la Iglesia y el Estado, y en la importancia de la protección de una democracia sustantiva, no procedimental, debería estar preocupada por lo que está pasando en el Congreso.

Decir laicismo es abogar por la neutralidad del Estado frente al hecho religioso, es prohibir que el Estado, por ejemplo, consagre a Colombia al Sagrado Corazón.

Vamos por partes

Primero, la Constitución de 1991 proclamó la separación de la Iglesia y el Estado, la libertad de cultos y la igualdad de las confesiones religiosas. Como era de esperarse, poner en práctica los preceptos constitucionales, luego de más de un siglo de Estado confesional, precisó de varias tutelas y demandas de inconstitucionalidad.

En esas demandas que empezaron a fallarse hacia 1993, se comenzó a hacer evidente cómo la Iglesia católica, ante la imposibilidad de alegar la confesionalidad del Estado, acomodó su argumento para mantener su posición privilegiada de la siguiente manera: Colombia es una nación tradicionalmente católica y lo consagrado por la Constitución de 1991 no es el laicismo, sino simplemente libertad religiosa, léase, el derecho a no ser discriminado por razón del credo.

Decir libertad religiosa es simplemente impedir que una persona sea discriminada en el trabajo por no ser católica, y abrirle la posibilidad a que el Estado fomente el hecho religioso o, incluso, una religión en particular.

La Corte Constitucional ha mantenido desde 1994 (sentencia C-350) que el Estado colombiano es laico, pero el argumento confeccionado por la Iglesia católica y sus fieles sigue resonando, con menores modificaciones, en las posiciones de ciertos congresistas provenientes de distintas confesiones y en las intervenciones del Procurador General de la Nación (basta ver el concepto que rindió en la sentencia C-817 de 2011 para que se den una idea).

De hecho, sobre esta particular lectura de la Carta Política se han venido cimentando las posiciones contrarias al matrimonio igualitario, el aborto y la adopción por parte de parejas homosexuales.

Segundo, los argumentos de aquellos que se oponen al matrimonio igualitario están basados en fuertes y evidentes creencias religiosas. Es esencial tener en cuenta que estos argumentos son permisibles para el ciudadano común, mas no para servidores públicos.

La libertad de cultos del artículo 19 de la Constitución garantiza que todos los naturales colombianos puedan tener o no una fe y propagarla, así como la garantía de no ser discriminados con base en el ejercicio de esa opción.

Por ese motivo, los ciudadanos del común pueden manifestar su apoyo o rechazo a iniciativas como el matrimonio igualitario valiéndose de su credo.

Los servidores públicos, por su parte, cuando ejercen sus funciones no son ciudadanos del común, sino representantes del Estado. En este sentido, como el Estado colombiano es laico, los servidores públicos, es decir, jueces, procuradores, registradores, entre otros, no pueden valerse de argumentos religiosos para fundamentar sus decisiones y/o posiciones, así las revistan con una apariencia científica.

En lo tocante al Congreso hay que aclarar que, a pesar de la libertad que gozan los congresistas para expresar sus opiniones y emitir sus votos (inviolabilidad parlamentaria), sus intervenciones permiten desentrañar lo que los abogados llaman el “espíritu de la ley”. Así, si la letra de la ley o si su “espíritu” permiten identificar un desconocimiento de la laicidad del Estado, la inconstitucionalidad es evidente.

Tercero, los argumentos adelantados para oponerse al matrimonio igualitario, además de sus raíces religiosas, hacen un uso amañado del concepto de cultura. Varios congresistas han dicho que el Estado colombiano no se encuentra listo para este cambio dada nuestra idiosincrasia.

Incluso, han llegado a decir que somos un pueblo básicamente heterosexual desde la llegada de Colón. Más allá de la plausibilidad de estas tesis, lo importante es identificar cuál es el objeto de esta  llamada a la cultura y la idea que se tiene de la misma.

Hacer uso de la cultura como una razón para evitar el cambio es una práctica extendida que echa mano de una pretendida tradición o esencia nacional. Por eso, la cultura ha sido la piedra angular de discursos que han desconocido de manera abierta y denigrante los derechos de varios grupos poblacionales.

La esclavitud, la discriminación de las mujeres y la prohibición del matrimonio interracial han sido defendidas sobre esta base. Esta utilización del término “cultura” y su asimilación con un concepto de “tradición”, caracterizado por ser inmutable e impermeable al cambio, desconoce que la producción de ese mismo acervo cultural es un proceso dinámico, en el que visiones contradictorias del mundo interactúan para generar no sólo creencias y prácticas, sino instituciones jurídicas, políticas, económicas y sociales.

Si la cultura fuera el fenómeno estático del que hacen alarde los opositores del matrimonio igualitario, esa libertad de cultos que ofrece Colombia y de la cual se benefician cristianos, mormones y judíos, entre otros, no hubiera sido posible.

¿Proceso o resultado?

Finalmente, terminemos con la idea de democracia que nos están vendiendo. Para hablar de este tema uno siempre debe comenzar por la siguiente pregunta: ¿la democracia se analiza en los procedimientos o en los resultados?

Es decir, si el procedimiento es democrático, como la decisión por mayorías, pero el resultado es antidemocrático, como la aprobación de la esclavitud, ¿podemos llamar a eso democracia? La respuesta es contundente: no. Eso no es democracia.

Tal como diría el abogado y filósofo Ronald Dworkin, la democracia no es simplemente tomar decisiones por medio de las mayorías, sino evaluar de manera sustantiva sus decisiones. De esa forma, si las decisiones a las que arriba la mayoría no respetan y protegen plenamente los derechos de cada uno de los asociados, mal podría hablarse de una decisión democrática.

Como se puede ver, lo que está sucediendo en el Congreso es algo que sobrepasa los intereses de la población LBGTI y que concierne a toda persona comprometida con la defensa de un Estado laico, de la dignidad y de la democracia.

Sí, se sabe que el matrimonio como institución trae aparejada una historia que le provoca escalofríos a ciertas feministas y a algunos librepensadores, pues lo asocian con el patriarcado y el control de la sexualidad. Sin embargo, no nos dejemos engañar: lo que en realidad se está discutiendo es una concepción de Estado, la garantía de los derechos más básicos y la posibilidad de definir el rumbo de nuestras vidas sin que ello nos cueste el ostracismo social y jurídico.

*Abogada de la Universidad del Rosario
Miembro del Comité Legal de Colombia Diversa

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