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El periódico El Espectador destacó en la primera página de su edición impresa, la luz de esperanza que se abre en el caso de Ana y Verónica.

El derecho a ser legalmente la mamá de sus hijos

Tres años lleva archivado en la Corte Constitucional de Colombia, el caso de una pareja del mismo sexo que busca que se reconozca legalmente, lo que en la práctica es para Raquel: dos mamás.

El matrimonio entre personas del mismo sexo en Colombia ha sido uno de los  protagonistas de este año.

Sin embargo, aún cuesta entender cómo mientras en un buen número de países se avanza en la igualdad derechos, acá el proyecto de ley que buscaba aprobar el Matrimonio Igualitario, se hundió en abril pasado en el Congreso con 51 votos en contra y 17 a favor.

Lo cierto es que 2013 se acerca a su fin, con parejas del mismo sexo que, sin el visto bueno del Congreso, hoy están civilmente casadas.

Cuando dicho proyecto de ley, presentado por el senador Armando Benedetti, hacía su curso por el Senado, muchas personas se afanaron por aclarar que el texto solamente hacía referencia a matrimonio, no a adopción.

Y aunque efectivamente así era, pareciera que el mensaje de fondo a enviar a la opinión pública y a los legisladores era: “tranquilos, no se preocupen. Si a ustedes les incomoda que una pareja del mismo sexo adopte, no los vamos a molestar con ese tema”.

Un caso que se ha convertido en icono de este tema, es el de Ana Leiderman y Verónica Botero, radicadas en Medellín (Antioquia), y quienes son pareja desde hace ocho años.

Si bien la adopción no estaba contemplada en ese momento, este es un tema que debe empezar a tratarse con el mismo despliegue que el Matrimonio Igualitario. Finalmente, es una posibilidad de la que disponen las parejas heterosexuales que cumplen con los requisitos y que, por tanto, deben tener aquellas homosexuales que de igual manera se ajusten a lo exigido.

El proceso de adopción de ellas empezó en 2009, cuando se acercaron al Instituto Colombiano de Bienestar Familiar (ICBF) para que Verónica pudiera ser legalmente reconocida como la mamá de Raquel, una pequeña que llegó al mundo mediante inseminación artificial a través vientre de Ana.

El ICBF les respondió que Verónica no podía adoptar a la menor porque ellas no llevaban el tiempo suficiente de convivencia, desconociendo una unión marital celebrada en Alemania en noviembre de 2005. “Después nos dijeron que, a pesar de que las personas homosexuales tenían muchos derechos, la adopción no estaba entre esos”, asegura Leiderman.

Fue entonces cuando interpusieron una acción de tutela, argumentando que le estaban violando a la niña el derecho a tener una familia legalmente reconocida. Para la abogada y activista Elizabeth Castillo, la Declaración Universal de los Derechos Humanos consagra este derecho. “De ahí la importancia de que exista matrimonio para las parejas del mismo sexo, porque esta es una manera de legalizar las familias”, enfatiza.

La tutela falló a favor de ellas, pero el ICBF apeló la decisión al Tribunal Superior de Antioquia, insistiendo en que la unión marital de ellas no era válida para reconocer que constituían una familia. Nuevamente, el fallo estuvo del lado de Ana y Verónica.

Vuelve y juega

Sin embargo, una vez más el ICBF apeló la decisión y, desde entonces (año 2010), el caso quedó en manos de la Corte Constitucional, entidad que no se ha pronunciado al respecto. “La Corte está presionada por la Iglesia Católica, los conservadores y el Procurador General de la Nación, para que falle en contra”, dice Leiderman.

Son tres años sin respuesta. Cuando iniciaron el trámite, Raquel aún no caminaba, ahora monta en bicicleta. Y Ana y Verónica ya tienen otro hijo. “Actualmente, mis hijos son de segunda categoría porque no se les permite tener dos adultos que los protejan con el adecuado vínculo legal”, explica Leiderman.

Según Castillo, acá lo que está en juego son los derechos de una menor de edad. “La Corte no ha reconocido algo evidente y es que Raquel tiene dos mamás”.

Llama la atención que la Corte deje pasar tanto tiempo para pronunciarse al respecto, cuando en este momento, contrario a lo que sucedía en 2010 (año en que el caso llegó a sus manos), tiene más argumentos para permitir que Verónica sea legalmente reconocida como lo que en la práctica es: la mamá de Raquel.

Para empezar, en 2011 la Corte expidió la sentencia C-577 en la que, según Rodrigo Uprimny, director del Centro de Estudios de Derecho, Justicia y Sociedad (DeJusticia), se establece que las parejas del mismo sexo tienen derecho a formar una familia constitucionalmente protegida.

Adicionalmente, mediante la sentencia T-276 de 2012, la Corte avaló la adopción de dos menores por parte del periodista estadounidense Chandler Burr. Al decir que era homosexual, el ICBF intentó quitarle la custodia de sus hijos cuando el trámite estaba prácticamente listo.

En dicha sentencia, quedó claro que la orientación sexual no puede ser un factor para impedir un trámite de adopción ni considerarse un factor de riesgo para los menores.

En Colombia, una persona soltera, sin importar su orientación sexual o identidad de género, puede adoptar. “Por tanto, es insostenible que una pareja del mismo sexo no pueda hacerlo”, completa Castillo.

“Si una pareja de mujeres o de hombres se acerca al ICBF para iniciar un proceso de adopción no importa qué tan buenas mamás o papás sean: todo se centra en que comparten la misma cama”, afirma Leiderman.

Para ella, uno de los problemas de fondo de la adopción en Colombia es que la decisión de aprobar o no una solicitud es subjetiva. “A quien inicia el trámite le puede ir bien o mal según los prejuicios, la forma de ver la vida o las creencias religiosas de quien realiza la entrevista y las visitas que el proceso contempla. Finalmente, esta es la persona responsable de emitir un concepto con el que se toma la decisión”.

Me gusta, no me gusta…

“Puede que el candidato cumpla con todos los requisitos, pero si uno no le cayó bien al funcionario, puede concluir que esa persona no va a ser buena mamá o un buen papá. El candidato, además, se queda sin saber por qué razón lo sacaron del proceso”, completa Leiderman.

Según Castillo, existen requisitos materiales, físicos y morales para adoptar, pero quien establece si el candidato los cumple o no, es la subjetividad de quien evalúa a la persona. “No hay unos criterios definidos de manera precisa”.

Ahora, es muy posible que tal cual como ha sucedido con el Matrimonio Igualitario, detrás de los obstáculos del caso de Ana y Verónica, esté la Procuraduría General de la Nación.

“El defensor de familia del ICBF tenía línea directa con Ilva Myriam Hoyos, procuradora delegada para la Infancia y Adolescencia (reconocida por sus posiciones conservadoras y en contra de la igualdad de derechos para las personas LGBT). Todo lo que sucedía, llegaba de inmediato a la oficina de Hoyos y desde allá se decidía qué se podía contestar”, señala Leiderman.

Para Castillo, es un hecho que hay una muy juiciosa tarea por parte de la Procuraduría en contra de los derechos de la población LGBT. “Están gastando más tiempo, recursos y energía en oponerse a estos derechos, que en intervenir en temas que tienen gran trascendencia nacional como son la corrupción o la parapolítica. Es muy desafortunado que esto pase justamente en la entidad llamada a proteger los derechos de las minorías”.

Por ahora, la buena noticia es que, según lo registró el periódico El Espectador, Luis Guillermo Guerrero, magistrado conservador de la Corte Constitucional, presentó recientemente una ponencia a favor de la adopción por parte de Verónica. Allí, Guerrero advierte que su orientación sexual no puede constituir un veto para que este derecho le sea reconocido.

Así, están dadas todas las condiciones para que la Corte reconozca el vínculo legal de una mujer, que junto a su pareja, están criando a sus hijos. Es hora de que, en cualquier trámite o asunto cotidiano, Verónica pueda ser reconocida como la mamá de sus hijos.

De aprobarse esta adopción, se establecería un precedente para que más parejas del mismo sexo, que cumplan con los requisitos exigidos, también puedan hacerlo. De paso, se reduciría la alarmante cifra de menores que al llegar a los 18 años, deben salir del sistema de protección del ICBF a enfrentarse a la vida.

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